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Abogados de servidumbres en España

Si tienes un conflicto de servidumbre entre fincas (un vecino que te impide el paso, ventanas abiertas sobre tu propiedad, un problema de aguas o de medianería), podemos ayudarte. Las servidumbres se regulan en el Código Civil (artículos 530 y siguientes) y definen los derechos y obligaciones entre el predio dominante y el predio sirviente. Despacho con sede en Ronda (Málaga), colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Málaga, con cobertura nacional y atención 100% remota.

Cobertura nacionalServidumbre de pasoLuces y vistasAtención 100% remota
Sede en Ronda
C/ Molino 11 (Málaga)
Cobertura nacional
Atención 100% remota
952 87 42 37
Lun–Vie 9:00–19:00

QUÉ ES UNA SERVIDUMBRE

Qué es una servidumbre y por qué genera conflictos

Una servidumbre es, conforme al artículo 530 del Código Civil, un gravamen impuesto sobre una finca (el predio sirviente) en beneficio de otra perteneciente a distinto dueño (el predio dominante). Es un derecho real que limita el uso de una propiedad para dar utilidad a la finca vecina.

El artículo 532 del Código Civil distingue entre servidumbres continuas y discontinuas y aparentes y no aparentes. Esa clasificación determina cómo puede constituirse cada servidumbre: según el artículo 537, solo las continuas y aparentes pueden adquirirse por título o por prescripción de veinte años; las demás exigen siempre título.

La mayoría de los litigios entre vecinos giran en torno a lo mismo: quién tiene derecho a qué y con qué límites. Analizamos la escritura, la nota del Registro de la Propiedad y el estado real de las fincas para determinar qué servidumbre existe, cómo nació y cuál es su alcance, y planteamos la reclamación o la defensa por la vía civil que corresponda.

LAS CLAVES

Las claves de un conflicto de servidumbres

Para defender o discutir una servidumbre hay que probar su origen y su alcance: si nació por título, por signo aparente o por prescripción. De ahí parte cualquier reclamación, sea la acción confesoria (para afirmarla) o la acción negatoria (para negar el gravamen sobre tu finca).

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Predio dominante y predio sirviente

El artículo 530 del Código Civil define la servidumbre como un gravamen del predio sirviente en beneficio del predio dominante. De esa relación nacen todos los derechos y obligaciones.
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Tipos de servidumbre

Paso (art. 564), luces y vistas (arts. 580-585), acueducto y aguas (arts. 557 y ss.) y medianería (arts. 571-579). Cada tipo tiene su propia regulación en el Código Civil.
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Cómo se constituye

Por título, por signo aparente (art. 541) o por prescripción de veinte años en las continuas y aparentes (art. 537). El origen marca toda la estrategia.
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Sin desplazamientos

Las normas del Código Civil sobre servidumbres rigen en todo el territorio común: llevamos tu asunto desde cualquier provincia de forma 100% remota, sin que tengas que venir al despacho.

DESPACHO

Hablemos de tu servidumbre

Primera valoración técnica sin compromiso: revisamos la escritura y la nota del Registro de la Propiedad, te decimos qué servidumbre existe entre las fincas y qué vía civil es la más adecuada. Atención directa del despacho, gestión 100% remota.

COBERTURA NACIONAL

Abogados de servidumbres provincia por provincia

Cada provincia tiene su página específica con los juzgados competentes, los municipios de cobertura y el procedimiento de reclamación paso a paso. El régimen del Código Civil se aplica por igual en todo el territorio común; algunas comunidades (Cataluña, Galicia, Navarra, Aragón e Illes Balears) cuentan además con derecho civil foral propio.

Comunidad Foral de Navarra

1 provincia

Comunidad de Madrid

1 provincia

Región de Murcia

1 provincia

PREGUNTAS FRECUENTES

Dudas habituales sobre servidumbres

¿Qué es una servidumbre según el Código Civil?

Según el artículo 530 del Código Civil, es un gravamen impuesto sobre una finca (el predio sirviente) en beneficio de otra de distinto dueño (el predio dominante). Es un derecho real que limita el uso de una propiedad para dar utilidad a la finca vecina.

Mi finca no tiene salida a un camino, ¿puedo exigir paso por la del vecino?

Sí. El artículo 564 del Código Civil reconoce al dueño de una finca enclavada sin salida a camino público el derecho a exigir paso por las fincas vecinas, previa indemnización. La servidumbre debe darse por el punto menos perjudicial al predio sirviente.

Mi vecino ha abierto una ventana que da a mi propiedad, ¿es legal?

Depende de la distancia. El artículo 582 del Código Civil prohíbe abrir ventanas con vistas rectas a menos de 2 metros de la finca vecina, y vistas oblicuas a menos de 60 centímetros. Si no respeta esas distancias, puedes reclamar el cierre o ajuste del hueco.

¿Se puede ganar una servidumbre solo por usarla muchos años?

Solo en parte. El artículo 537 del Código Civil permite adquirir por prescripción de veinte años únicamente las servidumbres continuas y aparentes. Las discontinuas (como la de paso, por regla general) y las no aparentes exigen título (arts. 538 y 539).

¿Qué es la acción confesoria y la acción negatoria?

La acción confesoria la ejercita quien quiere que se reconozca una servidumbre a favor de su finca; la acción negatoria, el propietario que quiere declarar que su finca no soporta esa servidumbre, para liberarla de un gravamen inexistente o abusivo.

¿Cómo se extingue una servidumbre?

El artículo 546 del Código Civil recoge varias causas: la reunión del predio dominante y el sirviente en un mismo dueño, el no uso durante veinte años, la imposibilidad de ejercerla o la renuncia del titular del predio dominante, entre otras.

¿Tengo que ir a juicio para resolver un conflicto de servidumbre?

No necesariamente. Muchos casos se resuelven por acuerdo, mediante un requerimiento y una escritura que reconozca, delimite o extinga la servidumbre. Solo cuando no hay acuerdo se acude a la vía judicial con la acción que corresponda.

¿Atendéis a clientes fuera de Málaga?

Sí. La sede física está en Ronda (Málaga), pero la cobertura es nacional y la atención 100% remota. La primera consulta se hace por videollamada o teléfono y coordinamos procurador local; no necesitas desplazarte en ningún momento.

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Resuelve tu conflicto de servidumbre

Estudiamos la escritura y el Registro de la Propiedad sin compromiso, valoramos qué servidumbre existe entre las fincas y planteamos la reclamación o la defensa que corresponda. Atención directa del despacho y gestión 100% remota en toda España.