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Abogado Desahucio en Sevilla

Si su inquilino está incumpliendo alguno de los términos del contrato de alquiler y desea dar por finalizado este, necesitará un Abogado Desahucio en Sevilla que le podrá ayudar en su defensa legal, con el objetivo de que el trámite sea lo más rápido y ágil posible.

RondaCobertura nacional
Sede en RondaC/ Molino 11
Cobertura nacionalAndalucía + Ceuta
952 87 42 37Lun–Vie 9:00–19:00

Llamamos desahucio al procedimiento judicial mediante el cual se le priva al inquilino de un arrendamiento de su derecho a seguir ocupando el inmueble, una vez demostrado que ha incumplido alguno de los términos del contrato de alquiler y se insta a su desalojo del mismo. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) especifica, más concretamente en su artículo 27.2, los motivos por los que el arrendador puede solicitar la finalización del contrato de arrendamiento. Impago: tanto de la renta del alquiler como de cualquier otro pago al que se hubiera comprometido como IBI, suministros etc. Tipos de desahucio y procedimiento aplicable Desahucio por falta de pago (impago de rentas) Se tramita por juicio verbal del art. 250.1.1.º LEC . El propietario puede acumular la reclamación de rentas debidas y, salvo enervación, obtener sentencia de desahucio. La enervación de la acción (pago íntegro antes de la celebración del juicio) solo es posible una vez cada cinco años (art. 22.4 LEC). Desahucio por expiración del plazo contractual Cuando finaliza el plazo del contrato y el arrendatario no abandona el inmueble. La duración de los contratos de vivienda habitual se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos (5 años si el arrendador es persona física, 7 si es persona jurídica, según la Ley 12/2023 del Derecho a la Vivienda ). Desahucio por precario Cuando alguien ocupa un inmueble sin título alguno o con título extinguido. Se tramita por juicio verbal del art. 250.1.2.º LEC. Plazos del procedimiento El procedimiento de desahucio por impago suele resolverse entre 4 y 8 meses en primera instancia. Tras la demanda, el juzgado señala fecha de juicio y, en su caso, de lanzamiento. Si el demandado no comparece, se dicta sentencia en rebeldía. Documentación necesaria para iniciar el desahucio Contrato de arrendamiento firmado y, en su caso, anexos. Justificantes de impago (extractos bancarios, requerimientos previos). Burofax con certificación de contenido enviado al arrendatario. Identificación catastral del inmueble. El requerimiento previo por burofax es habitualmente exigible y conviene realizarlo con asesoramiento jurídico para no comprometer el procedimiento posterior.

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EL teléfono de abogados en Sevilla es 606 796 270 Además si lo prefiere puedes contactar por email en el siguiente correo electrónico: info@orozcoyasociados.es

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Prestamos servicios jurídicos en Sevilla desde nuestra sede en Ronda (C/ Molino 11), con desplazamientos a los Juzgados de Sevilla cuando el procedimiento lo requiere.

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