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Derecho Bancario

Unicaja: la Audiencia de Málaga anula por usura una tarjeta revolving al 39,78 %

La Audiencia Provincial de Málaga ha anulado por usura una tarjeta de crédito revolving de Unicaja que aplicaba un interés pactado del 39,78 % TAE. Lo relevante no es solo el resultado, sino cómo se llegó a él: el juzgado de primera instancia había dado la razón al banco, y fue en apelación donde se le dio la vuelta al caso. Te explicamos qué ha pasado, por qué la sentencia es importante si tienes una tarjeta revolving y cómo saber si la tuya es reclamable.

Una tarjeta revolving de Unicaja al 39,78 %: qué ha pasado

Una consumidora de la comarca de Ronda contrató en abril de 2016 una tarjeta de crédito revolving de Unicaja, en la modalidad de pago aplazado, con un interés pactado del 39,78 % TAE. Con el paso del tiempo comprobó lo que le ocurre a tanta gente con este producto: pagaba mes a mes y la deuda apenas bajaba.

Desde el despacho reclamamos la nulidad del contrato por usura. En primera instancia, el Juzgado de Ronda desestimó la demanda: aceptó el argumento del banco de que, aunque el contrato fijaba un 39,78 %, en la práctica había venido aplicando un interés más bajo (entre el 20,74 % y el 24,60 %). Recurrimos ante la Audiencia Provincial de Málaga, que revocó esa sentencia por completo, declaró nulo el contrato por usurario y condenó a Unicaja a devolver todo lo cobrado que exceda del capital dispuesto, más los intereses legales y las costas de la primera instancia.

La clave: cuenta el interés pactado, no el que el banco aplica después

El núcleo de la sentencia es sencillo de entender. Para saber si una tarjeta revolving es usuraria hay que mirar el interés que figura en el contrato, no el que la entidad decida cobrar más adelante. En 2016, el tipo medio que publicaba el Banco de España para las tarjetas de crédito y revolving se situaba en torno al 20,84 %. Un 39,78 % lo supera en casi 19 puntos.

El Tribunal Supremo tiene fijado que, en las tarjetas revolving, basta con que el interés pactado supere en más de 6 puntos la media del mercado para considerarlo usurario. Aquí el margen era enorme. Y frente al argumento de que el banco había aplicado luego un tipo menor, la Audiencia lo dejó claro: lo que nace nulo no se sana porque la entidad rebaje el interés por su cuenta. El artículo 1256 del Código Civil impide que el cumplimiento de un contrato quede al arbitrio de una sola de las partes.

Qué es una tarjeta revolving y por qué acaba siendo tan cara

Una tarjeta revolving es una tarjeta de crédito en la que aplazas el pago de tus compras y devuelves el dinero en cuotas mensuales. El problema es doble. Primero, el interés suele ser muy alto. Segundo, cada vez que pagas una cuota vuelves a disponer de crédito, de modo que la deuda se renueva y se alarga en el tiempo. El resultado habitual es que pagas durante años y el capital pendiente casi no se mueve, porque la mayor parte de la cuota se va en intereses.

Perder en primera instancia no es perder el caso

Este caso deja una lección que va más allá de Unicaja. En derecho bancario, dos jueces pueden valorar los mismos hechos de forma distinta. El Juzgado de Ronda entendió que no había usura; la Audiencia de Málaga, revisando el asunto, concluyó lo contrario y anuló el contrato. Si te han desestimado una reclamación en un juzgado, no siempre es el final del camino: la vía del recurso de apelación existe precisamente para corregir resoluciones como esta.

¿Tienes una tarjeta revolving de Unicaja? Así sabes si es reclamable

Hay algunas señales que apuntan a que tu tarjeta podría ser reclamable:

  • La TAE de tu contrato está muy por encima del 20 % (muchas revolving rondan el 25 %, el 30 % o más).
  • Llevas años pagando y la deuda apenas ha bajado.
  • Nunca te explicaron con claridad cuánto ibas a pagar de intereses ni recibiste una copia comprensible del contrato.
  • Contrataste la tarjeta en una oficina, por teléfono o en un centro comercial, sin información precontractual detallada.

Para revisarlo conviene tener a mano el contrato y algún extracto o liquidación de la tarjeta, donde aparece la TAE realmente aplicada. Con eso se puede valorar si el caso encaja con la doctrina del Tribunal Supremo sobre usura.

Otras tarjetas revolving que los tribunales han declarado usurarias

Unicaja no es la única entidad afectada. Los tribunales han declarado usurarias tarjetas revolving de numerosos emisores. Entre las más habituales en las reclamaciones figuran WiZink, Cofidis, Vivus, Creditea, Carrefour Pass, Cetelem, Bankinter Consumer Finance, Oney, Evo Finance y Barclaycard. Si tu tarjeta es de cualquiera de ellas y su TAE es elevada, merece la pena revisar el contrato.

Preguntas frecuentes

Si el banco me bajó el interés, ¿ya no puedo reclamar?

No necesariamente. Según la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, lo que se valora es el interés pactado en el contrato. Que la entidad lo rebaje después no convierte en válido un contrato que era nulo desde el principio.

¿Qué recupero si mi tarjeta revolving se anula por usura?

Cuando el contrato se declara nulo por usura, solo estás obligado a devolver el capital que dispusiste. Todo lo que hayas pagado por encima de esa cantidad (intereses, comisiones y demás gastos) te lo tienen que reintegrar, con sus intereses legales.

Ya perdí en el juzgado, ¿tiene sentido recurrir?

En muchos casos, sí. Este mismo asunto se perdió en primera instancia y se ganó en apelación. Cada caso es distinto, pero una sentencia desfavorable no siempre es la última palabra.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar mi tarjeta revolving?

La acción de nulidad por usura no está sometida a un plazo de caducidad como el de otras reclamaciones, pero conviene no dejarlo pasar. Lo mejor es revisar el contrato cuanto antes para conocer tu situación.

Revisa tu tarjeta con un despacho especializado

En Orozco & Asociados, dirigido por el abogado Francisco Javier Orozco González, llevamos reclamaciones de tarjetas revolving, microcréditos y préstamos usurarios en toda España. Si tienes una tarjeta revolving de Unicaja o de otra entidad y crees que la TAE es desproporcionada, revisamos tu contrato y te decimos con claridad si es reclamable. Cuéntanos tu caso.