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Las 4 novedades de la nueva ley hipotecaria

Abogado herencias Ronda

Las 4 novedades de la nueva ley hipotecaria

Hoy, 21 de febrero de 2019, ha sido aprobada por el Congreso la nueva ley hipotecaria.

Tres años después, y tras una amenaza de multa de Bruselas, nuestro país ha aprobado una ley para cumplir con la normativa comunitaria en materia hipotecaria y en defensa de los consumidores y usuarios. Y a expensas de que el Gobierno desarrolle con detalle el reglamento, ya tenemos algunas conclusiones.

¿Cuáles son las principales novedades?

1. Se dificultan las ejecuciones hipotecarias para los bancos: aumentan las cantidades impagadas necesarias para que se pueda iniciar el procedimiento de ejecución de la hipoteca que acaba, en última instancia, con el desahucio. Antes, el banco podría iniciar el procedimiento con tres cuotas impagadas, pero ahora será necesario el impago de entre 12 y 15 mensualidades o entre un 3% y un 7% del valor del préstamo. Esta medida se podrá aplicar con carácter retroactivo (a las hipotecas antiguas).

2. Bajan los intereses de demora. Antes, los intereses de demora se pactaban entre las partes y podían alcanzar el 25%. Semejantes tipos fueron considerados excesivos por el Supremo, que destacó que no debían superar el 2% de recargo sobre el tipo contratado, por lo que la cláusula se declaraba nula en instancias judiciales. Ahora se ha dejado en un recargo del 3%.

3. Reparto de los gastos de formalización de la hipoteca: el prestatario solo deberá abonar los costes de la tasación. El impuesto de las hipotecas, los gastos de notaría, del registro y de la gestoría correrán a cuenta de los bancos. Nos falta por saber si los Juzgados aplicarán esta norma con carácter retroactiva. Estaremos pendientes.

4. Se simplifica el cambio de una hipoteca variable a otra fija. Resulta difícil que una entidad acepte esta renovación del crédito, pues en las hipotecas variables el riesgo de subida de tipos se transmite de inmediato al cliente con el repunte del euríbor. En cambio, para una hipoteca fija el banco tiene que cubrirse de los riesgos a muchos años, y eso supone un coste mayor. Así que en el fondo lo que hace la ley es allanar el camino para cambiar a un banco que ofrezca el tipo fijo, fomentando la competencia entre entidades. Para ello, abaratará las comisiones de cancelación y los aranceles notariales y registrales. Las comisiones por conversión se suprimen a partir del tercer año. Y hasta entonces solo podrán ser del 0,25% del capital pendiente. Estas herramientas se podrán aplicar a los créditos ya concedidos cuando la norma esté en vigor.

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