Certificado de eficiencia energética: cuándo es obligatorio para vender o alquilar
Vas a vender o alquilar una vivienda y te piden el certificado de eficiencia energética. La duda es si de verdad es obligatorio, qué pasa si no lo tienes y cuánto tiempo vale. Porque anunciar un inmueble sin él puede acarrear una multa.
La respuesta corta: el certificado es obligatorio para vender o alquilar casi cualquier vivienda, hay que tenerlo antes de publicar el anuncio y su calificación debe figurar en la publicidad. Solo unos pocos inmuebles están exentos.
Qué es el certificado de eficiencia energética
El certificado de eficiencia energética es un documento que evalúa el consumo de energía de una vivienda o edificio y le asigna una calificación de la A a la G, donde la A es la más eficiente y la G la que más consume. Lo emite un técnico competente tras visitar el inmueble, y da lugar a la conocida etiqueta energética.
Su regulación está en el Real Decreto 390/2021, que fija cuándo es obligatorio, qué validez tiene y qué información hay que dar al comprador o inquilino.
Cuándo es obligatorio
El certificado es obligatorio en estos casos:
- Cuando se vende una vivienda o edificio existente.
- Cuando se alquila a un nuevo inquilino.
- En los edificios de nueva construcción.
- En edificios de la Administración con superficie superior a 250 m² y en grandes locales de ciertos usos abiertos al público.
Es decir, si vas a poner tu piso en el mercado, necesitas el certificado antes de anunciarlo, porque la calificación tiene que aparecer en la publicidad de la operación.
Qué inmuebles están exentos
El Real Decreto 390/2021 deja fuera algunos casos concretos:
- Edificios protegidos por su valor arquitectónico o histórico, cuando el certificado altere su carácter.
- Construcciones provisionales con un uso previsto igual o inferior a dos años.
- Edificios industriales, de la defensa y agrícolas de baja demanda energética.
- Edificios o partes independientes con una superficie útil inferior a 50 m².
- Inmuebles que se compran para reformar o demoler, con la correspondiente declaración.
Cuánto vale y cuánto dura
| Calificación | Validez del certificado |
|---|---|
| De la A a la F | 10 años |
| Calificación G (la menos eficiente) | 5 años |
Cuando caduca hay que renovarlo si se va a volver a vender o alquilar. Conviene revisar la fecha antes de sacar el inmueble al mercado, porque un certificado caducado no sirve para el anuncio ni para la operación.
Cómo se obtiene el certificado
La certificación de eficiencia energética la realiza un técnico competente que visita el inmueble, toma datos de la envolvente, las instalaciones y la superficie útil, y calcula el consumo energético del edificio o de la vivienda. Con esos datos genera la calificación y la etiqueta, que después se registra en el órgano competente de la comunidad autónoma.
El proceso es rápido para una vivienda media, pero conviene encargarlo con margen antes de la venta o el alquiler: sin el certificado registrado no puedes anunciar la operación con su calificación, que es justo lo que la normativa exige desde la entrada en vigor del Real Decreto 390/2021.
Qué pasa si no tienes el certificado
No tenerlo cuando es obligatorio es una infracción en materia de certificación energética, sancionada por la Ley 8/2013. Las multas se gradúan según la gravedad:
- Infracciones leves: de 300 a 600 euros. Por ejemplo, publicitar la venta o el alquiler sin mencionar la calificación energética.
- Infracciones graves: de 601 a 1.000 euros.
- Infracciones muy graves: de 1.001 a 6.000 euros. Por ejemplo, exhibir una etiqueta que no se corresponde con un certificado en vigor y registrado.
Estas cuantías son sanciones administrativas, no un coste del trámite: el certificado en sí lo emite un técnico. La competencia sancionadora corresponde a cada comunidad autónoma.
El certificado en el alquiler turístico
Si además destinas la vivienda a alquiler turístico, el certificado energético es uno de los requisitos que suele exigir la normativa autonómica para el registro de la actividad. Lo vemos en el artículo sobre la licencia de piso turístico en Andalucía.
Cómo te ayudamos desde el despacho
La mayoría de las multas por el certificado energético llegan por anunciar sin él o con una etiqueta caducada, algo perfectamente evitable. Un abogado de compraventa de inmuebles en Málaga revisa que la operación cumpla con la normativa energética, te orienta sobre las obligaciones de información al comprador o inquilino y te defiende si te han abierto un expediente sancionador. Trabajamos para propietarios de Málaga y provincia.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es obligatorio el certificado energético?
Siempre que se venda o alquile una vivienda o edificio existente, en los edificios de nueva construcción y en determinados edificios públicos y grandes locales. Hay que tenerlo antes de anunciar la operación.
¿Qué pasa si no tienes certificado energético?
Es una infracción sancionada por la Ley 8/2013 con multas de 300 a 6.000 euros según la gravedad. Anunciar la venta o el alquiler sin mencionar la calificación es de las conductas más habituales que se sancionan.
¿Cuánto tiempo dura el certificado energético?
Diez años con carácter general, salvo que la calificación sea G, en cuyo caso la validez es de cinco años. Cuando caduca hay que renovarlo para volver a vender o alquilar.
¿Qué viviendas están exentas del certificado?
Entre otras, los edificios protegidos cuando el certificado altere su carácter, las construcciones provisionales de uso inferior a dos años, ciertos edificios industriales y agrícolas y los inmuebles independientes de menos de 50 m² útiles.
¿Quién puede emitir el certificado de eficiencia energética?
Un técnico competente, normalmente un arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero, que visita el inmueble, calcula su consumo y emite el certificado con su calificación para su posterior registro.