Sentencias del Tribunal Supremo sobre tarjetas revolving en 2025: qué cambia para reclamar
Si tienes una tarjeta revolving y llevas años pagando sin ver que la deuda baje, 2025 te interesa. El Tribunal Supremo dictó en enero dos sentencias que cambian la forma de reclamar estas tarjetas y amplían el número de contratos que se pueden anular.
El resumen es este: hasta ahora casi todo giraba en torno a la usura, es decir, a si el interés era desproporcionado. Con las sentencias de 2025 se consolida una segunda vía, la falta de transparencia, que permite anular contratos aunque el interés no llegue al umbral de la usura. Son dos caminos distintos, y ahora se pueden usar los dos.
La evolución de la doctrina del Supremo sobre revolving
El punto de partida fue la sentencia del Tribunal Supremo 149/2020, que anuló por usuraria una tarjeta con una TAE del 26,82% frente a un tipo medio del mercado en torno al 20%. Después, la doctrina fijó un criterio práctico: se considera usurario el interés que supera en más de seis puntos el tipo medio de las tarjetas revolving que publica el Banco de España.
El problema es que ese criterio dejaba fuera muchas tarjetas: las que se movían justo por debajo de ese margen se salvaban, por muy dañinas que fueran para el consumidor. Ahí es donde entran las sentencias de 2025.
Qué dicen las sentencias 154/2025 y 155/2025
El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo dictó el 30 de enero de 2025 las sentencias 154/2025 y 155/2025, que abordan de forma unitaria el doble control al que se someten estas cláusulas:
- Control de transparencia: el banco tiene que haber explicado antes de firmar cómo funciona el mecanismo revolving, es decir, cómo se recompone el capital y cómo influye en los intereses y en la amortización, sobre todo si el riesgo de que la deuda se dispare es alto.
- Control de abusividad: cuando la cláusula no supera el control de transparencia, el juez puede entrar a valorar si genera un desequilibrio contrario a la buena fe en perjuicio del consumidor.
La conclusión del Supremo es que la falta de transparencia sobre la TAE, unida al sistema de amortización, al anatocismo y a la escasa cuota mensual, provoca un desequilibrio grave: el cliente no puede comparar la oferta ni prever que se compromete en un contrato que puede tener consecuencias serias.
Usura y transparencia: las dos vías para reclamar
| Vía de la usura | Vía de la transparencia (2025) | |
|---|---|---|
| Qué se analiza | Si el interés es notablemente superior al normal | Si el banco explicó cómo funcionaba la tarjeta |
| Referencia | El tipo medio de revolving del Banco de España | La información precontractual entregada al cliente |
| Base legal | La Ley de Represión de la Usura de 1908 | La normativa de protección del consumidor y el control de transparencia |
| Resultado | Nulidad del contrato: solo se devuelve el capital prestado | Nulidad de la cláusula de intereses por abusiva |
| A quién sirve | Tarjetas con interés muy alto | También tarjetas que no llegan al umbral de usura |
La consecuencia práctica es que más tarjetas son reclamables. Si la tuya se libraba por poco del criterio de usura, la vía de la transparencia puede seguir sirviendo. La Ley de Represión de la Usura, conocida como Ley Azcárate, sigue siendo la base de la primera vía; la explicamos en el artículo sobre la Ley Azcárate de 1908 y las tarjetas revolving.
Cuánto se puede recuperar y cómo
Depende de la vía. Si el contrato se anula por usura, la nulidad es total: solo devuelves el capital que dispusiste y el banco te reintegra todo lo pagado por encima de esa cantidad, es decir, intereses, comisiones y seguros asociados. Si se anula la cláusula de intereses por falta de transparencia, recuperas los intereses cobrados en exceso.
Para reclamar hay que reunir el contrato y el histórico de movimientos de la tarjeta. Con esos documentos se calcula lo pagado de más y se plantea la reclamación, primero a la entidad y, si la rechaza, ante el Juzgado de Primera Instancia. Si la sentencia no satisface, cabe recurso ante la Audiencia Provincial, que en materia de revolving viene aplicando la doctrina del Supremo.
En la vía de la usura, la clave sigue siendo el interés notablemente superior al normal del dinero: se compara la TAE de tu tarjeta con el tipo medio de las revolving que publica el Banco de España. En la vía de la transparencia, lo decisivo es la información precontractual que te entregó la entidad demandada.
Qué debes hacer si tienes una revolving
- Localiza el contrato y pide a la entidad el histórico completo de movimientos si no lo conservas.
- Comprueba la TAE que te aplican: si supera con holgura el tipo medio de revolving, la vía de la usura es directa.
- Revisa si te explicaron el funcionamiento al contratar. Si no hubo información clara, la vía de la transparencia está abierta aunque el interés no sea extremo.
- No sigas pagando a ciegas. El efecto «bola de nieve» de estas tarjetas hace que cada mes de espera engorde la deuda.
Cómo te ayudamos desde el despacho
Cada tarjeta se reclama por la vía que más conviene según su interés y su contrato. Un abogado de tarjetas revolving revisa el contrato y el histórico, decide si conviene la vía de la usura o la de la transparencia, calcula lo pagado de más y presenta la reclamación. Trabajamos para afectados por tarjetas revolving en Málaga y en toda España.
Preguntas frecuentes
¿Qué ha decidido el Tribunal Supremo sobre las tarjetas revolving en 2025?
En las sentencias 154/2025 y 155/2025, de 30 de enero, consolidó que estas cláusulas se someten a un doble control de transparencia y abusividad, y que la falta de transparencia sobre la TAE y el sistema de amortización permite anularlas aunque el interés no alcance el umbral de la usura.
¿Todas las tarjetas revolving son reclamables ahora?
Muchas más que antes, pero no de forma automática. Hay que analizar cada contrato: unas se anulan por usura y otras por falta de transparencia. Lo que ha cambiado es que las que no llegaban al umbral de usura ahora tienen la vía de la transparencia.
¿Cuál es la referencia para saber si el interés es usurario?
El tipo medio de las tarjetas de crédito y revolving que publica el Banco de España. El Tribunal Supremo considera usurario, como criterio orientativo, el interés que lo supera en más de seis puntos.
¿Cuánto puedo recuperar de mi tarjeta revolving?
Si el contrato se anula por usura, todo lo pagado por encima del capital dispuesto: intereses, comisiones y seguros. Si se anula la cláusula por falta de transparencia, los intereses cobrados en exceso. La cifra depende de los años y del histórico de la tarjeta.
¿Sirve reclamar si ya terminé de pagar la tarjeta?
Sí. Aunque hayas cancelado la tarjeta puedes reclamar lo pagado de más; conviene revisar los plazos con un abogado en función de la fecha en que se liquidó.