Abogados de Derecho Bancario en España
El derecho bancario protege a los consumidores frente a las prácticas abusivas de bancos, financieras y fondos de deuda. Si te reclama un fondo buitre, pagas una tarjeta revolving con intereses desorbitados, tienes una cláusula suelo o el IRPH en tu hipoteca, o afrontas una ejecución hipotecaria, muchas de estas situaciones tienen defensa legal. En Orozco & Asociados analizamos tu contrato y la documentación de la deuda para determinar qué vías de oposición o reclamación caben en tu caso.
Fondos buitre y cesión de créditos
Los llamados «fondos buitre» compran carteras de impagados a la banca y después reclaman la deuda, casi siempre por vía de proceso monitorio. Con frecuencia la deuda está prescrita, la cesión del crédito está mal documentada o el importe reclamado está inflado. Frente a estas reclamaciones conviene revisar la titularidad del crédito y los plazos antes de responder.
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Tarjetas revolving y usura
Las tarjetas revolving aplican un crédito de pago aplazado con intereses (TAE) que pueden superar el 20-26% y generar una «deuda infinita» en la que se paga durante años sin reducir apenas el capital. La jurisprudencia del Tribunal Supremo permite reclamar la nulidad del contrato por usura o por falta de transparencia y recuperar lo pagado de más.
Cláusulas abusivas en la hipoteca: suelo, IRPH y gastos
Muchas hipotecas incorporan cláusulas declaradas abusivas por los tribunales. La cláusula suelo impide beneficiarse de las bajadas del Euríbor; el IRPH ha sido objeto de sucesivos pronunciamientos del TJUE sobre su control de transparencia; y los gastos de formalización (notaría, registro, gestoría) se repercutieron indebidamente al consumidor. En estos casos cabe reclamar la nulidad y la devolución de las cantidades correspondientes.
Ejecución hipotecaria y defensa de la vivienda
Ante el impago, el banco puede iniciar la ejecución hipotecaria y solicitar la subasta del inmueble. Existen vías para oponerse y ganar tiempo: la oposición por cláusulas abusivas (art. 695 LEC), los defectos procesales (art. 552 y 559 LEC), la enervación y la Ley de Segunda Oportunidad. Actuar dentro de plazo es determinante.
Cómo trabajamos tu caso
Cada reclamación empieza por el estudio de la documentación: contrato, cuadro de amortización, extractos y comunicaciones de la deuda. A partir de ahí definimos la vía adecuada (reclamación previa, demanda o oposición) y los plazos aplicables. Trabajamos con clientes de toda España, con base en Málaga.
Preguntas frecuentes sobre derecho bancario
¿Qué es un fondo buitre y por qué me reclama a mí?
Es un fondo que ha comprado tu deuda al banco original. Te reclama porque ahora es el titular del crédito, pero debe acreditar correctamente esa cesión y que la deuda no está prescrita.
¿Puedo reclamar mi tarjeta revolving aunque la haya terminado de pagar?
En muchos casos sí. Si el contrato se declara nulo por usura o falta de transparencia, procede la devolución de los intereses abonados por encima del capital dispuesto.
¿Cuánto tiempo tengo para oponerme a una ejecución hipotecaria?
Los plazos de oposición son breves y perentorios (art. 556 y 557 LEC). Por eso conviene revisar el procedimiento en cuanto se recibe la notificación, sin dejar pasar el plazo.