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Casos de éxito

Resultados reales de clientes de Orozco & Asociados. Sentencias y resoluciones en las que hemos defendido con éxito los intereses de quienes confían en nuestro despacho. Estos son algunos de ellos.

Derecho bancarioUsuraDefensa del consumidor
Contrato anulado por usura
Reconvención desestimada
Costas impuestas a la entidad

Detrás de cada resolución hay una persona y una estrategia. Compartimos este caso, con los datos personales debidamente anonimizados, porque ilustra cómo se defiende a un consumidor frente a un crédito abusivo.

Préstamo con garantía de coche anulado por usura: doble victoria frente a Ibancar

Tribunal de Instancia de Ronda · Sentencia n.º 104/2026. Nuestro cliente, un particular sin experiencia en productos financieros, firmó en marzo de 2024 un «contrato de préstamo con opción de compra» sobre su vehículo con la entidad Ibancar World, S.L. Recibió 1.500 € que debía devolver en 37 cuotas. Cuando dejó de pagar, la financiera no solo activó intereses y penalizaciones: además le reconvino reclamándole 3.242,70 €, más del doble de lo que le había prestado.

El despacho planteó la nulidad del contrato por usura y se opuso a esa reclamación. El resultado fue un doble éxito: el contrato se declaró nulo y la reclamación de la entidad quedó desestimada por completo.

ÁREAS

Las claves del caso

Así se desarrolló el procedimiento, paso a paso.

01

El producto

Un «préstamo con opción de compra» sobre el coche del cliente. Recibió 1.500 € a devolver en 37 cuotas, con una TAE del 16,07 % según el contrato.

02

El coste oculto

Para acceder al dinero, el cliente quedaba obligado a contratar «servicios» sobre el vehículo y a pagar gastos de apertura. Sumándolo todo, devolvía 3.921,12 € por un préstamo de 1.500 €: una TAE real del 102,35 %.

03

La reconvención

Tras el impago, Ibancar reconvino reclamando 3.242,70 € en concepto de capital, intereses, penalizaciones y gastos. Más del doble de lo prestado, con un desglose que ni siquiera cuadraba con la cantidad reclamada.

04

Nuestra estrategia

Demanda de nulidad por usura conforme a la Ley de 1908 (Ley Azcárate), acreditando que el coste real superaba con creces el interés normal del dinero. Y oposición frontal a la reconvención, demostrando su improcedencia.

05

El fallo

El contrato, junto con los contratos de servicios y mandato vinculados, se declaró nulo por usurario. El cliente solo devuelve el capital recibido: 1.500 €. Sin intereses, sin servicios, sin penalizaciones. La reconvención, desestimada. Las costas, a la entidad.

06

Qué significa para ti

Los minicréditos y préstamos con garantía de vehículo a intereses desorbitados son nulos por usura. Si has firmado uno, puedes dejar de pagar lo que no debes y recuperar lo pagado de más.

¿Tu crédito tiene una TAE desproporcionada?

Revisamos tu contrato y te decimos con claridad si es reclamable, sin tecnicismos.

SIGUIENTE PASO

¿Tienes un préstamo o microcrédito con intereses abusivos?

Cuéntanos tu caso. Estudiamos tu contrato y diseñamos la estrategia para defender tus intereses ante la entidad.

DESPACHO

Despacho dirigido por el abogado Francisco Javier Orozco González, especializado en derecho bancario y defensa del consumidor. Reclamamos préstamos usurarios, tarjetas revolving, microcréditos, hipotecas multidivisa y ejecuciones hipotecarias en toda España.

Cómo trabajamos los casos de usura

Primero analizamos el contrato y calculamos el coste real de la operación, más allá de la TAE que figura en el papel. Lo comparamos con los índices que publica el Banco de España para productos similares. Si el interés es notablemente superior al normal, planteamos la nulidad por usura. Y si la financiera reclama el impago, nos oponemos acreditando su improcedencia.

Preguntas frecuentes sobre préstamos abusivos y usura

Es aquel que estipula un interés notablemente superior al normal del dinero y desproporcionado con las circunstancias del caso, conforme a la Ley de 1908. Cuando un tribunal lo aprecia, el contrato es nulo y el prestatario solo tiene que devolver el capital que recibió.

Esa cifra puede ocultar el coste real. En este caso, los «servicios» obligatorios y los gastos elevaban el coste efectivo a una TAE del 102,35 %. Los tribunales analizan lo que realmente paga el cliente, no solo la TAE nominal del contrato.

Que la entidad reclame no significa que tenga razón. En este procedimiento, Ibancar reclamó más del doble de lo prestado y su reclamación fue desestimada íntegramente al declararse nulo el contrato por usura.

Solo devuelves el capital que efectivamente recibiste, sin intereses, sin servicios y sin penalizaciones. Si ya habías pagado de más, esa diferencia se te restituye.

Sí. La doctrina sobre usura se aplica a cualquier operación equivalente a un préstamo de dinero, con independencia de la forma del contrato y de la entidad que lo conceda. Cada caso debe analizarse de forma individual.