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Ejecución hipotecaria y desahucio: en qué se diferencian

Ejecución hipotecaria y desahucio: en qué se diferencian

Este artículo aborda ejecución hipotecaria y desahucio: en qué se diferencian desde la práctica forense de Orozco y Asociados, despacho de abogados de ejecuciones hipotecarias en Málaga. Cubrimos los aspectos sustantivos y procesales con referencia a la normativa, jurisprudencia y casuística habitual en los Juzgados de Primera Instancia de Málaga, Marbella, Estepona, Vélez-Málaga y Ronda.

Conceptos jurídicos distintos con consecuencias prácticas distintas

La ejecución hipotecaria es el procedimiento por el que la entidad financiera reclama el cobro del préstamo hipotecario impagado y, a falta de pago, subasta el inmueble que sirve de garantía. El desahucio, en cambio, es el procedimiento por el que un arrendador recupera la vivienda del arrendatario que no paga la renta o cuyo contrato ha vencido. Aunque ambos procedimientos pueden terminar con la pérdida del uso del inmueble, el cauce procesal y las vías de defensa son completamente distintos.

Ejecución hipotecaria: regulada en la LEC con motivos tasados

La ejecución hipotecaria se sustancia conforme a los arts. 681 y siguientes de la LEC. Su iniciación exige título ejecutivo (escritura pública con cláusula de constitución de garantía, certificación registral y liquidación de la deuda). La oposición está limitada a los motivos del art. 695 LEC: extinción, error en la cantidad, otra carga preferente o cláusulas abusivas. El proceso desemboca, si no se opone con éxito, en la subasta del inmueble y la posterior posesión del adjudicatario, con lanzamiento del ocupante.

Desahucio: arts. 250.1.1º LEC y reglas específicas

El desahucio sigue el cauce del juicio verbal del art. 250.1.1º LEC. Se basa en el incumplimiento contractual del arrendatario o en la finalización del contrato de arrendamiento. Las defensas habituales son la enervación de la acción mediante el pago, la oposición por defectos formales en el requerimiento previo o la prueba de pagos no reconocidos por el arrendador.

Suspensión del lanzamiento: protección común para vivienda habitual

Tanto en ejecución hipotecaria como en desahucio, cuando el inmueble es la vivienda habitual del ocupante y concurren circunstancias de vulnerabilidad económica, opera la suspensión del lanzamiento al amparo de la Ley 1/2013 (prorrogada hasta 2028). La acreditación de los umbrales legales paraliza el desalojo, aunque por vías procedimentales ligeramente distintas según el procedimiento de origen.

Asistencia técnica para su caso concreto

Cada procedimiento de ejecución hipotecaria tiene particularidades que condicionan la estrategia procesal: estado de los plazos, contenido del contrato originario, historial de pagos, situación de vulnerabilidad económica, presencia o no de avalistas, cesión de la deuda a un fondo. Una valoración previa del expediente permite identificar la vía con mayor recorrido procesal y diseñar un plan claro desde el primer momento.

El despacho atiende consultas y litigios en toda la provincia de Málaga y partidos limítrofes. Si su préstamo ha sido cedido a un fondo de inversión, consulte también nuestra guía de abogados contra fondos buitre. Para una primera valoración técnica de su caso, contacte a través del formulario de contacto o llamando al 952 87 42 37.

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