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Abogado de servidumbres en Santa Cruz de Tenerife

Cuando un predio sirviente y un predio dominante no se ponen de acuerdo sobre una servidumbre, el Código Civil regula con detalle tus derechos y obligaciones, y nosotros los hacemos valer. En Santa Cruz de Tenerife estudiamos el título, la escritura y el Registro de la Propiedad y reclamamos o discutimos la servidumbre por la vía civil que corresponda. Trabajamos con afectados de toda la zona con gestión a distancia y atención directa del despacho. Somos abogados especialistas en servidumbres, con sede en Ronda (Málaga) y colegiados en el ICA Málaga.

Santa Cruz de TenerifeServidumbre de pasoLuces y vistasAcción confesoria y negatoria
Sede en Ronda
C/ Molino 11 (Málaga)
Cobertura Santa Cruz de Tenerife
Atención 100% remota
952 87 42 37
Lun–Vie 9:00–19:00

QUÉ ES UNA SERVIDUMBRE

¿Qué es una servidumbre y por qué genera conflictos entre fincas?

El artículo 530 del Código Civil define la servidumbre como un gravamen sobre un inmueble (el predio sirviente) en provecho de otro de distinto propietario (el predio dominante). La raíz del problema suele ser la misma: el predio dominante reclama su derecho de paso, luces, aguas o medianería, y el predio sirviente entiende que no existe o que se ejerce de forma abusiva.

La servidumbre es un derecho real con dos clasificaciones básicas. Por su origen, el artículo 536 habla de servidumbres legales o forzosas (las que la ley permite exigir, como la servidumbre de paso) y voluntarias (las pactadas entre propietarios). Por su naturaleza, el artículo 532 distingue las continuas y discontinuas y las aparentes y no aparentes, lo que marca cómo se constituye y se prueba cada una.

Como abogados especialistas en servidumbres, analizamos la escritura, la nota del Registro de la Propiedad y el estado real de ambas fincas para determinar qué servidumbre existe entre el predio dominante y el predio sirviente, cómo se constituyó y cuál es su alcance.

TIPOS DE SERVIDUMBRE

Las servidumbres más habituales entre vecinos

Estos son los conflictos de servidumbres que con más frecuencia llegan al despacho desde Santa Cruz de Tenerife. Cada uno tiene su propia regulación en el Código Civil.

01

Derecho de paso

La servidumbre de paso del artículo 564 del Código Civil ampara a quien tiene una finca sin salida a camino público: puede reclamar paso por la heredad vecina, indemnizando el perjuicio.
02

Distancias de vistas

La servidumbre de luces y vistas (arts. 580-585 del Código Civil) limita los huecos y voladizos. Según el artículo 582, no caben vistas rectas a menos de 2 metros ni oblicuas a menos de 60 cm del predio contiguo.
03

Servidumbre de aguas

El Código Civil, en sus artículos 557 y siguientes, ampara la servidumbre de acueducto y de aguas: el paso del agua por finca ajena para el aprovechamiento del predio dominante.
04

Muros comunes

Los artículos 571 a 579 del Código Civil regulan la medianería: el régimen de paredes y cercas compartidas entre fincas vecinas y el reparto de su mantenimiento.

CÓMO SE RECLAMA

Cómo se constituye, se prueba y se extingue una servidumbre

La clave de cualquier asunto de servidumbres es probar su origen y su alcance: si se constituyó por título, por signo aparente o por prescripción. Analizamos la escritura, la inscripción registral y el estado real del terreno para fijar la vía adecuada.

1. Cómo se constituye una servidumbre: título y prescripción

Según el artículo 537 del Código Civil, solo las servidumbres continuas y aparentes pueden ganarse por el uso: por título o por prescripción de veinte años. Las discontinuas o no aparentes exigen siempre título (arts. 538 y 539). A falta de él, el artículo 540 permite suplirlo con escritura de reconocimiento del predio sirviente o sentencia firme.

2. La servidumbre por signo aparente (art. 541 CC)

El artículo 541 del Código Civil regula la servidumbre por signo aparente: el signo visible de servidumbre establecido por el propietario común de dos fincas se convierte, al separarse estas, en título de la servidumbre, salvo pacto en contra o supresión del signo al transmitir. Es el origen de numerosos conflictos cuando fincas antes unidas pasan a dueños distintos.

3. Extinción, acción confesoria y acción negatoria

El artículo 546 del Código Civil enumera los modos de extinción de las servidumbres: la reunión en una misma persona de la propiedad del predio dominante y del sirviente, el no uso durante veinte años, la imposibilidad de usarla o la renuncia del dueño del predio dominante, entre otros. Para defenderla en juicio se ejercita la acción confesoria (que afirma y reclama la servidumbre) y, para liberar una finca de un gravamen inexistente o abusivo, la acción negatoria.

QUÉ CONSIGUES

¿Qué obtienes al resolver tu conflicto de servidumbre en Santa Cruz de Tenerife?

El objetivo es cerrar el conflicto de forma estable: que quede definido por sentencia o por acuerdo qué derecho tiene cada finca, evitando litigios futuros. En la práctica esto se traduce en cosas concretas: que se reconozca tu derecho de paso, que se cierre la ventana abierta indebidamente sobre tu finca, que se fije la indemnización que corresponde o que se declare extinguida una servidumbre que ya no se usa, liberando tu propiedad.

Situación recurrente: necesitas conducir agua para regar tu finca y el terreno colindante es el único paso posible. Se constituye la servidumbre de acueducto de los artículos 557 y siguientes, indemnizando al predio sirviente.

PASO A PASO

Cómo reclamar una servidumbre paso a paso en Santa Cruz de Tenerife

  1. 1

    Revisión del título y de las fincas

    Revisamos el título, la situación registral de los dos predios y la realidad sobre el terreno, para fijar si hay servidumbre, de qué tipo y qué contenido tiene.
  2. 2

    Intento de acuerdo y requerimiento

    Intentamos primero la vía extrajudicial: requerimiento formal y, si hay disposición, acuerdo notarial que constituya, modifique o extinga la servidumbre con la compensación correspondiente.
  3. 3

    Demanda civil (confesoria o negatoria)

    Si no hay acuerdo, interponemos la demanda civil (acción confesoria o negatoria, según el caso) ante los Juzgados de Primera Instancia de Santa Cruz de Tenerife, aportando la prueba documental, registral y, cuando hace falta, pericial.
  4. 4

    Sentencia y resolución del conflicto

    Obtenida la sentencia, queda fijado por resolución judicial si la servidumbre existe, con qué alcance y qué indemnización procede, con condena en costas a la parte vencida cuando corresponde.

EN TU ZONA

Servidumbres y conflictos entre fincas en Santa Cruz de Tenerife

Tramitamos litigios de servidumbres entre predios en toda la demarcación de Santa Cruz de Tenerife y su Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. Atendemos conflictos de servidumbres en Santa Cruz de Tenerife, Adeje y La Orotava, y en toda la provincia de Santa Cruz de Tenerife. Todo el proceso es 100% online: la primera consulta se hace por videollamada o teléfono, sin que tengas que pisar el despacho.

Las normas del Código Civil sobre servidumbres rigen en todo el territorio común, de modo que tu reclamación se apoya en los mismos artículos con independencia de dónde estén las fincas.

¿Tu finca está en otra provincia de Canarias? También somos abogados de servidumbres en Las Palmas.

DESPACHO

Hablemos de tu servidumbre en Santa Cruz de Tenerife

Primera valoración técnica sin compromiso: revisamos la escritura y la nota del Registro de la Propiedad, te decimos qué servidumbre existe entre las fincas y qué vía civil es la más adecuada. Atención directa del despacho.

PREGUNTAS FRECUENTES

Dudas habituales sobre servidumbres en Santa Cruz de Tenerife

¿Podéis llevar mi conflicto de servidumbre en Santa Cruz de Tenerife?

Sí. Si hay conflicto sobre una servidumbre entre dos fincas (su existencia, su alcance o su extinción), puedes reclamar conforme al Código Civil mediante la acción confesoria o negatoria. El primer paso es revisar la escritura y la nota del Registro de la Propiedad; con ellas te confirmamos si tu caso es viable en Santa Cruz de Tenerife.

Mi finca no tiene salida a un camino, ¿puedo exigir paso por la del vecino?

Sí. El artículo 564 del Código Civil reconoce al dueño de una finca enclavada sin salida a camino público el derecho a exigir paso por las fincas vecinas, previa indemnización. La servidumbre debe darse por el punto menos perjudicial al predio sirviente y, dentro de lo posible, por donde la distancia al camino sea menor.

¿Se puede adquirir una servidumbre solo por usarla muchos años?

Solo en parte. Según el artículo 537 del Código Civil, únicamente las servidumbres continuas y aparentes pueden adquirirse por prescripción de veinte años. Las discontinuas (como, por regla general, la de paso) y las no aparentes exigen título, conforme a los artículos 538 y 539.

¿Qué es una servidumbre por signo aparente?

Es la del artículo 541 del Código Civil: cuando el dueño de dos fincas establece entre ellas un signo visible de servidumbre (un camino, una tubería) y luego vende una, ese signo se considera título para que la servidumbre subsista, salvo que al transmitir se diga lo contrario o se haga desaparecer el signo.

¿Qué es la acción confesoria y la acción negatoria?

La acción confesoria la ejercita quien quiere que se reconozca y respete una servidumbre a favor de su finca. La acción negatoria la usa el propietario que quiere declarar que su finca no soporta esa servidumbre, para liberarla de un gravamen inexistente o ejercido de forma abusiva.

¿Quién paga el mantenimiento de una pared medianera?

La medianería se regula en los artículos 571 a 579 del Código Civil. Como regla general, los gastos de reparación y conservación de la pared o muro medianero se reparten entre los propietarios en proporción a su derecho, salvo que uno renuncie a la medianería en los términos que prevé la ley.

SIGUIENTE PASO

Resuelve tu conflicto de servidumbre en Santa Cruz de Tenerife

Estudiamos la escritura y el Registro de la Propiedad sin compromiso, valoramos qué servidumbre existe entre las fincas y planteamos la reclamación o la defensa que corresponda. Atención directa del despacho y gestión remota en toda la zona de Santa Cruz de Tenerife.